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Playas cercadas: el negocio frente al mar y la disputa por el espacio público bonaerense

5 ene
3 min de lectura


Concesiones temporarias, controles difusos y prácticas que desalientan el acceso libre vuelven a encender el debate sobre los límites del negocio turístico en la costa atlántica bonaerense. Entre carteles que anuncian “bajada pública” y barreras invisibles que se levantan en la práctica cotidiana, persiste una pregunta incómoda: ¿hasta dónde pueden avanzar los balnearios sobre un espacio que la ley reconoce como de todos?


Provincia de Buenos Aires, enero de 2026. Con el inicio de la temporada estival, cientos de miles de turistas colman las costas bonaerenses. Sin embargo, junto con el sol y las olas, también vuelve a plantearse una vieja polémica: la ocupación del espacio público de las playas por parte de balnearios y concesionarios privados, que en muchos casos limita el acceso libre y gratuito a la arena y al mar.


La playa es un bien público. El Código Civil y Comercial de la Nación establece que las playas del mar son bienes del dominio público natural del Estado, de uso común, inalienables, imprescriptibles e inembargables. Esto implica que ninguna persona física o jurídica puede apropiarse de ellas ni impedir el libre acceso y circulación de la población.


Qué dice la normativa en la Provincia de Buenos Aires


En la Provincia de Buenos Aires, la gestión y administración de las playas corresponde a los municipios, que otorgan concesiones para la explotación de balnearios y servicios turísticos. Estas concesiones se rigen por un principio central: el uso comercial del espacio no puede, en ningún caso, afectar el carácter público, libre y gratuito de la playa.


Se trata de permisos precarios y temporarios, que no otorgan derecho de propiedad ni exclusividad sobre el territorio costero, sino únicamente la autorización para brindar determinados servicios. El acceso a la playa, aun en sectores concesionados, debe permanecer garantizado para toda la comunidad.


Sin embargo, en algunos balnearios ubicados en las inmediaciones del muelle de Pinamar, este principio parece desdibujarse. Según relatan turistas y vecinos, se han dispuesto controles de seguridad que restringen el ingreso de personas que no consumen en el balneario, incluso en áreas señalizadas con carteles que indican “bajada pública”. En la práctica, estas señalizaciones conviven con actitudes que desalientan el acceso: consultas o intentos de permanecer en el lugar sin consumir suelen ser recibidos con gestos de desconfianza o directamente con impedimentos.


De acuerdo con los testimonios recogidos, personal de seguridad —calificados irónicamente como “patovicas”— sigue de manera constante a quienes ingresan sin intención de utilizar los servicios pagos, generando un clima de incomodidad que dista del espíritu de un espacio público. Lejos de invitar a quedarse, la actitud parece empujar al visitante a retirarse, como si la permanencia fuera una falta y no un derecho.


Estas prácticas reabren el debate sobre los límites de las concesiones y la necesidad de un control efectivo por parte del Estado municipal para garantizar que la playa siga siendo, más allá de cualquier explotación comercial, un bien común.

 

Si bien no existe una única norma provincial que fije una cantidad exacta de metros para todos los distritos, las ordenanzas municipales coinciden en algunos criterios generales:

- Los balnearios no pueden ocupar la totalidad de la playa.- Debe existir una franja libre de circulación paralela al mar.- Las instalaciones no pueden impedir el acceso al agua.


En municipios como Mar del Plata, las ordenanzas establecen que las unidades balnearias deben respetar espacios libres entre sí y no avanzar sobre la línea de ribera. En Pinamar, por ejemplo, los kits de sombrillas suelen ocupar parcelas aproximadas de 9 m² cada uno y deben ubicarse a partir de la línea de guardavidas, dejando sectores de playa pública sin concesionar.


Además, muchas ordenanzas prohíben expresamente colocar sogas, cercos u otros elementos que limiten el libre tránsito de las personas que no alquilan servicios.


La playa cercada: uso indebido ante la ausencia de control


A pesar de la normativa vigente, vecinos y turistas denuncian que en temporada alta algunos balnearios, sobre todos los que se encuentran en la zona del muelle de Pinamar, avanzan más allá de lo permitido, colocando carpas y sombrillas hasta zonas cercanas al mar, reduciendo el espacio disponible para el uso libre y generando situaciones de exclusión.


La falta de controles municipales efectivos y sanciones claras contribuye a que estas prácticas se repitan año tras año.


Las playas constituyen un derecho colectivo. El desafío para los municipios bonaerenses radica en compatibilizar el desarrollo de la actividad turística con el pleno respeto del espacio público, garantizando que la explotación comercial no avance ni restrinja un bien que pertenece, por definición, a toda la sociedad.

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